El pasado 2 de agosto de 2024 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, de Representación Paritaria y Presencia Equilibrada de Mujeres y Hombres (Ley de Paridad), que entró en vigor el 22 de agosto de 2024.
Esta normativa introduce importantes modificaciones que afectarán a las empresas mercantiles, con especial impacto en aquellas que cumplen los criterios para ser consideradas Empresas de Interés Público (EIP). La ley establece que los consejos de administración deben contar con una presencia mínima del 40% del sexo menos representado. Estos cambios son aplicables a todas las empresas que:
- Cuenten con más de 250 empleados.
- Tengan una cifra de negocios anual superior a 50 millones de euros.
- Posean activos superiores a 43 millones de euros.
Implicaciones para las Empresas Familiares
Conscientes de la singularidad y la relevancia de las empresas familiares en el tejido empresarial, la ley ha incluido una Disposición Adicional Decimosexta que introduce un tratamiento específico para este tipo de compañías, siempre y cuando cumplan los criterios para ser clasificadas como EIP.
Dicha disposición permite a las empresas familiares excluir del cómputo de paridad a ciertos consejeros, en particular a los consejeros dominicales (que representan los intereses de la familia propietaria) y a los ejecutivos. Esta excepción tiene como objetivo preservar la naturaleza familiar de estas empresas, permitiéndoles cumplir con la normativa sin comprometer su estructura directiva tradicional.
Definición de control familiar
La ley aclara que se entenderá por empresa controlada por una familia aquella que se rija por los criterios del Artículo 42 del Código de Comercio, donde se define el control directo o indirecto. Asimismo, la ley considera familia a las personas relacionadas entre sí en línea directa, tanto ascendientes como descendientes, sin límite, y en línea colateral hasta el cuarto grado.
Recomendaciones para las Empresas Familiares
Es fundamental que las empresas familiares que cumplan con los criterios de EIP realicen un análisis detallado de su consejo de administración y determinen si desean acogerse a la excepción ofrecida por la ley para los consejeros dominicales y ejecutivos. Esto permitirá ajustar sus estructuras internas sin comprometer el cumplimiento de los requisitos de paridad.
Dado el impacto de esta legislación en la estructura de gobierno corporativo, es altamente recomendable que las empresas familiares busquen asesoramiento legal para asegurar una correcta interpretación y aplicación de las disposiciones de la Ley de Paridad, siempre en consonancia con sus necesidades particulares.
Glezco, contigo
En Glezco Asesores y Consultores estamos comprometidos a acompañar a nuestros clientes en este proceso, ofreciendo el mejor asesoramiento para garantizar el cumplimiento de la ley y proteger los intereses de sus empresas. Quedamos a su disposición para cualquier consulta o información adicional que pueda necesitar.