Ha sido publicada la Orden NT/239/2020, de 16 de  marzo, por la que se restablecen los controles en las fronteras interiores terrestres con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

El objetivo de la Orden es habilitar la posibilidad de restringir aquellos movimientos de personas que no vayan a poder tener continuidad hasta el punto de destino programado, bien por resultar incompatibles con las medidas adoptadas dentro del territorio español, bien por no ser posible su continuación en o hacia otros territorios, o por la necesidad de dar preferencia a movimientos más urgentes de personas o mercancías. Igualmente, su fin es evitar posibles alteraciones del orden público como consecuencia de la interrupción del viaje de personas individuales o de grupos.

Sólo se permitirá la entrada a territorio nacional, por vía terrestre, a las siguientes personas:

  • Ciudadanos españoles.
  • Residentes en España.
  • Trabajadores transfronterizos.
  • Aquellas que acrediten documentalmente causas de fuerza mayor o situación de necesidad.

Queda exceptuado de estas restricciones el personal extranjero acreditado como miembro de las misiones diplomáticas, oficinas consulares y organismos internacionales sitos en España, siempre que se trate de desplazamientos vinculados al desempeño de funciones oficiales.

Con el fin de asegurar la continuidad de la actividad económica y de preservar la cadena de abastecimiento, estas medidas no son aplicables al transporte de mercancías.

El restablecimiento temporal de los controles en las fronteras interiores se aplicará desde 00:00 horas del 17 de marzo de 2020, hasta las 24:00 horas del 26 de marzo de 2020 y afectará a las fronteras interiores terrestres.