Desde Glezco Asesores y Consultores recordamos la importancia de que las empresas cumplan con la normativa en materia de igualdad. Si la compañía cuenta con 50 o más personas trabajadoras en plantilla, deberá implantar un Plan de Igualdad, que es el conjunto de medidas que deben adoptarse para alcanzar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, eliminando así la discriminación por razón de sexo, tal y como lo recoge la Ley Orgánica 3/2007.

En GLEZCO estamos especializados en la materia y le ayudaremos a afrontar la obligación de negociar e implantar su Plan de Igualdad. Es importante recordar que incumplir con este requerimiento se considera una infracción muy grave, estando expuesta la empresa a sanciones de hasta 225.018 euros por parte de la inspección de trabajo.

Además, desde el pasado 2 de marzo, las empresas de 50 o más personas trabajadoras deberán incorporar un protocolo de actuación contra el acoso a personas LGTBI (Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI). No disponer de este protocolo implica sanciones por si solas, independientes a no tener el plan de igualdad pero si tienes el plan de igualdad, incluiremos la negociación de este protocolo también.

La igualdad de género, tanto retributiva como de oportunidades, está en la agenda de todas las organizaciones con la publicación de los Reales Decretos 901/2020 de Planes de Igualdad y 902/2020 de Igualdad Retributiva, que plantean nuevas obligaciones en materia de igualdad que le resumimos en la infografía.

Contacte con nosotros en info@glezco.com o en los teléfonos 918 26 63 44 o 942 22 68 68, la persona de contacto será Goretti Mora, abogada experta en Derecho Laboral.