Recientemente se publicó en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid el Proyecto de Ley PL-3/2024, que busca atraer capital y talento extranjero a la Comunidad de Madrid, mediante una deducción del 20% del importe de las inversiones realizadas por extranjeros que se conviertan en nuevos residentes fiscales en Madrid.
Las principales características de dicha medida son las siguientes:
- Se establece una deducción por inversiones de nuevos contribuyentes extranjeros (esto es, contribuyentes que, procedentes en el extranjero, se domicilien en la Comunidad de Madrid) en el ámbito del IRPF.
- La deducción en el IRPF sería igual al 20% del valor de adquisición, incluidos los gastos y tributos inherentes a la adquisición -excluidos los intereses-, de los siguientes elementos patrimoniales:
- Valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios negociados y no negociados en mercados organizados.
- Valores representativos de la participación en fondos propios de entidades españolas o extranjeras, negociados y no negociados en mercados organizados.
Requisitos para beneficiarios:
- Las inversiones no deben realizarse en el sector inmobiliario ni en entidades en paraísos fiscales.
- La participación del beneficiario en la sociedad de inversión no puede superar el 40% del capital social.
- El beneficiario debe mantener la residencia fiscal en Madrid durante 6 años.
- La inversión debe durar 6 años como mínimo.
La deducción puede eliminar completamente el tramo autonómico de la cuota y será de aplicación a los períodos impositivos que se inicien el 1 de enero de 2024, es decir, este mismo ejercicio. Es importante tener en cuenta que la deducción no es compatible con el régimen de impatriados («Ley Beckham»).
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