El pasado 23 de abril de 2024, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha emitido el primer pronunciamiento por el que condena a una empresa ha de abonar una indemnización de 30.000€, una cantidad muy superior a la establecida legalmente.

La Sala de lo Social del TSJ del País Vasco aplica las Conclusiones del Comité Europeo de Derechos Sociales publicadas el 20 de marzo de 2024 que establece que el límite máximo de los baremos de indemnización no permite hacer una valoración del verdadero perjuicio que puede suponer un despido en determinadas circunstancias.

Así ocurre en nuestro país cuando la parte empresarial puede optar entre la readmisión o indemnización y se decide por la segunda, por cuanto la normativa no permite conceder una indemnización adecuada y reparadora más allá del límite, que compense todos los perjuicios sufridos.

La Carta Europea de Derechos Sociales se aplica en España debido a que fue ratificada el 29 de marzo de 2021 por lo que en el TSJ del País Vasco la ha aplicado basando así una indemnización por despido improcedente superior a la establecida legalmente en el Estatuto de los Trabajadores, aunque se espera que legalmente se adapte nuestra normativa para dar mayor seguridad jurídica en lo que a los costes de despido se refiere.

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