El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley que amplía en tres semanas el permiso por nacimiento y cuidado de menor.
A continuación, les informamos sobre la nueva regulación de permisos por nacimiento y cuidado.
En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio (BOE de 30 de julio), se informa que:
- Permiso por nacimiento y cuidado del menor
- Cada progenitor/a tiene derecho a 19 semanas de suspensión del contrato de trabajo:
- 6 semanas obligatorias tras el nacimiento, a jornada completa.
- 11 semanas voluntarias hasta que el menor cumpla 12 meses.
- 2 semanas adicionales para cuidado del menor, hasta los 8 años de edad.
- Cada progenitor/a tiene derecho a 19 semanas de suspensión del contrato de trabajo:
- Permiso en familias monoparentales
- El permiso total será de 32 semanas: 6 obligatorias, 22 voluntarias y 4 de cuidado parental.
- Permiso parental (no retribuido)
- Se mantiene el derecho a un permiso de 8 semanas por cuidado de menor hasta los 8 años, no retribuido.
- Aplicación retroactiva
- Las semanas de cuidado parental integradas en el permiso de nacimiento (2 o 4) serán aplicables también a nacimientos producidos desde el 2 de agosto de 2024.
- Su disfrute podrá solicitarse a partir del 1 de enero de 2026.
Observaciones:
- El ejercicio de estos derechos requiere comunicación previa mínima de 15 días.
- En caso de disfrute a tiempo parcial o fraccionado, se precisa acuerdo con la empresa.
- El permiso es individual e intransferible entre progenitores.
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