Le informamos de que el pasado 3 de abril de 2025 entró en vigor la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, que introduce reformas relevantes en el sistema judicial español, con el objetivo de agilizar los procedimientos y promover métodos alternativos de resolución de conflictos.

Una de las principales novedades es la obligatoriedad de acudir previamente a un procedimiento de resolución extrajudicial del conflicto, en los asuntos civiles y mercantiles, antes de presentar demanda ante los tribunales.

¿Qué son los MASC?

Los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) incluyen:

  • Mediación
  • Conciliación
  • Negociación directa entre las partes
  • Opinión de experto independiente
  • Oferta vinculante confidencial
  • Derecho colaborativo

¿Qué implica para usted?

A partir de abril de 2025:

  • Será obligatorio acreditar haber intentado un MASC antes de acudir a la vía judicial. De lo contrario, el juzgado podrá rechazar la demanda.
  • Se exceptúan algunos procedimientos, como los que afecten a derechos fundamentales, violencia de género, concursos de acreedores o medidas cautelares.

¿Cómo se acredita la negociación directa?

Si opta por negociar directamente con la parte contraria (sin acudir a mediación formal), deberá documentarse adecuadamente el intento de acuerdo, por ejemplo:

  • Mediante actas firmadas por las partes o sus abogados.
  • Intercambios de correos electrónicos certificados, burofax o comunicaciones fehacientes.
  • Declaración jurada del abogado acreditando el intento de negociación.

¿Quién puede actuar como mediador o conciliador?

  • Profesionales titulados y con formación específica en mediación, inscritos en los registros públicos correspondientes.
  • Abogados, psicólogos, trabajadores sociales u otros expertos neutrales formados en resolución de conflictos.
  • Instituciones y centros especializados, como cámaras de comercio o centros de mediación acreditados.

Glezco, contigo

Nuestro equipo de profesionales de Glezco Asesores y Consultores están a su plena disposición para asesorarle sobre el procedimiento más adecuado a su caso y para acompañarle en cualquier proceso de negociación, mediación o conciliación.. Estamos en Madrid, en la calle María de Molina 37, 1º, en el código postal 28006 y en el teléfono 918 26 63 44. También en Santander, en la calle Rualasal 1 Principal, en el código postal 39001 y en el teléfono 942 22 68 68.