El grupo parlamentario Sumar ha presentado una enmienda que busca incrementar la presión fiscal a los grandes patrimonios mediante la creación de un nuevo impuesto estatal a las herencias y donaciones, buscando armonizar este tributo a nivel estatal.

Las características más relevantes son:

  • Grava las donaciones y herencias superiores a 1 millón de euros.
  • Tipo máximo del 34%, con las mismas tarifas que la ley estatal de ISD.
  • Funcionamiento similar al del IP/ISGF: puedes deducir el ISD pagado en la CCAA.
  • Se mantienen la bonificación de empresa familiar, aunque quizá se revisen los requisitos, estableciendo unos propios a nivel estatal.

A expensas de que esta enmienda salga adelante, debido al posterior trámite parlamentario, desde un punto de vista fiscal sí es recomendable realizar una serie de acciones:

  • Analizar la posible transmisión de los bienes antes de la entrada en vigor de la norma, sin olvidar el posible coste en IRPF para el donante. Por regla general, el coste en IRPF suele ser elevado al haber pasado muchos años desde que esa primera generación adquirió o creó los activos, además de, en el caso de que se transmita una empresa familiar, el donante tendría que dejar de recibir remuneración y ejercer funciones directivas.
  • El escudo de empresa familiar se mantiene, aunque habrá que estar atentos a una posible modificación de los requisitos.
  • Revisar los requisitos de aplicación para la bonificación de empresa familiar, recordando que es criterio reiterado la posible exención parcial de los activos que se encuentran dentro de la empresa familiar. Es decir, aunque tengamos una empresa familiar, eso no significa que todo lo que hay dentro esté exento, sino que habrá que determinar el porcentaje de exención de dichos activos.

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