El Servicio Pública de Empleo de la Junta de Castilla y León convoca una línea de subvenciones destinadas a fomentar el autoempleo en la comunidad autónoma en el año 2025.
¿Cuál es el objetivo?
Fomentar el inicio de actividades económicas por cuenta propia, apoyando a las personas que deseen establecerse como trabajadores autónomos o por cuenta propia, contribuyendo así al desarrollo económico y al empleo en la Comunidad de Castilla y León.
¿Quién puede beneficiarse?
Las personas desempleadas, incluidas aquellas que formen parte de una entidad sin personalidad jurídica, que se establezcan por cuenta propia y se hayan dado de alta como autónomas en el RETA o en la Mutualidad de un Colegio Profesional, iniciando una actividad económica por cuenta propia, en el periodo que se establezca en la correspondiente convocatoria, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
- Haber solicitado el alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, antes de presentar la solicitud de subvención.
- Estar desempleada e inscrita en el Servicio Público de Empleo como demandante de empleo, no ocupada, el día de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, salvo en el supuesto en que la persona solicitante sea una persona emigrante castellano y leonesa retornada, cuyo retorno se haya producido en el mes inmediatamente anterior al día de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, en cuyo caso, deberá cumplir únicamente el requisito de estar desempleado el día de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.
¿En qué consiste la ayuda?
La cuantía máxima de la subvención por todos los conceptos previstos en función de que la persona beneficiaria acredite la realización de todas o alguna de las acciones subvencionables:
1. Si la persona beneficiaria acredita el inicio de una actividad económica por cuenta propia:
- 8.000 €, si la persona beneficiaria es mujer. Esta cuantía será de 9.500 € si, el día de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, la beneficiaria pertenece a alguno de los colectivos contemplados en la convocatoria.
- 6.000 €, para el resto de las personas beneficiarias. Esta cuantía será de 7.500 € si, el día de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, la persona beneficiaria pertenece a alguno de los colectivos contemplados en la convocatoria.
Se incrementarán con los importes que se indican a continuación:
- 1.000 €, si el día de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente la persona beneficiaria tiene responsabilidades familiares.
- 1.000 €, si el centro de trabajo o establecimiento radica en un municipio de Castilla y León de menos de 5.000 habitantes.
- 1.000 €, si el centro de trabajo o establecimiento se encuentra ubicado en un municipio de Castilla y León incluido en la zona de intervención de alguno de los siguientes instrumentos de planificación vigentes en la fecha de publicación en el B.O.C. y L. del extracto de la Resolución de convocatoria de estas subvenciones: el Plan Especial de Desarrollo de la Raya, el Plan Soria Conectada y Saludable o cualquiera de los Programas Territoriales de Fomento aprobados en Castilla y León.
2. En el caso de que la acreditación se refiera a la contratación de servicios externos para mejorar el desarrollo de la actividad económica, se subvencionará con el 75% del coste real de los servicios prestados, IVA excluido, con un máximo de 2.000 €.
3. La acreditación de cursos de formación, se subvencionará con el 75 % del coste real de la formación recibida, IVA excluido, con un máximo de 2.400 €.
¿Cuál es el plazo para solicitudes?
Hasta el 15 de septiembre de 2025.
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