El Ministerio de Ciencia e Innovación del Gobierno de España publica la resolución de 25 de mayo de 2023 de la Presidencia del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2023 del «Programa Misiones de Ciencia e Innovación» vinculadas al PERTE de microelectrónica y semiconductores, dentro del Plan Estatal de I+D+i y en el marco del PRTR.
Aquí puedes consultar la resolución completa y el extracto de la misma.
¿Quién puede beneficiarse?
- Agrupaciones de personas jurídicas definidas en el artículo 5.1 de la de la Orden CIN/373/2022 de 26 de abril, que puedan llevar a cabo proyectos en cooperación.
- Agrupaciones deberán estar constituidas por empresas, según la definición del anexo 1, apartado 8 de la Orden CIN/373/2022 de 26 de abril, siempre que estén válidamente constituidas, tengan personalidad jurídica propia y residencia fiscal en España.
- Cada agrupación deberá cumplir los requisitos de tamaño y composición detallados en el artículo 2 de la presente convocatoria. Asimismo, todos los integrantes de la agrupación deberán cumplir los requisitos exigidos para ser beneficiario.
- No podrán obtener la condición de beneficiario las entidades descritas en el articulo 3.9 de la convocatoria
¿Cuáles son los costes elegibles?
Se podrán financiar los siguientes costes directos de ejecución: costes de personal, costes de instrumental y material inventariable, costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
Quedan expresamente excluidos los costes correspondientes a cualquier forma de consultoría asociada a la gestión y tramitación de la financiación solicitada salvo las de actividades de consultoría para el apoyo en las labores de coordinación del representante de la agrupación. Además, se admitirán los gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, incluidos los costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto y el gasto derivado del informe de auditor.
En ningún caso serán financiables los gastos financieros, las inversiones en terrenos, locales y obra civil, los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación, los gastos de promoción y difusión del proyecto, y los gastos de manutención. Los gastos de locomoción y viajes no serán financiables.
Sólo podrán considerase financiables aquellos costes que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad a financiar y resulten estrictamente necesarios, en base a la descripción del proyecto aportada en la memoria técnica y en la solicitud. Todo gasto no justificado por el solicitante será eliminado del presupuesto elegible del proyecto.
¿Cuál es la cuantía económica?
El presupuesto máximo de esta convocatoria es de 60.000.000 euros que corresponden a la aplicación presupuestaria 28.50.46QC.74918 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
¿Cuál es el plazo para solicitudes?
Desde el 5 de junio de 2023 y hasta el día 17 de julio de 2023, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.
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