En su sentencia 7/2024, dictada el día 8 de enero de 2024, el Tribunal Supremo ha anulado el criterio de la Agencia Estatal de la Administración tributaria (AEAT) en diversas resoluciones, extendiendo la deducción por maternidad en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a los gastos de custodia de menores de tres años en guardería.

COMUNICADO CGPJ

Hasta la presente sentencia, Hacienda no admitía dicho incremento si el centro era una guardería que no contaba con la autorización administrativa de la Comunidad Autónoma como centro infantil (que son los que reportan el modelo 233)

Esta sentencia abre la puerta para que las personas afectadas por el criterio de la AEAT en los últimos 4 años puedan solicitar la rectificación de su declaración de IRPF, aplicando dicha deducción y solicitando la devolución correspondiente.

Glezco, contigo

El equipo de profesionales del departamento fiscal de Glezco Asesores y Consultores está a tu plena disposición ante cualquier consulta que pueda surgir sobre estas nueva normativa.

Estamos en Madrid, en la calle García de Paredes 94, en el código postal 28010 y en el teléfono 918 26 63 44. También en Santander, en la calle Rualasal 1 Principal, en el código postal 39001 y en el teléfono 942 22 68 68.