Durante el mes de octubre de 2026 deberán presentarse ante la Administración Tributaria las declaraciones-liquidaciones correspondientes al tercer trimestre/período septiembre del ejercicio 2026 (según corresponda), así como otras declaraciones informativas, correspondientes también a dichos períodos.

Las principales declaraciones que hay que presentar son las siguientes:

  • RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA de rentas de trabajo, profesionales, de rendimientos del capital mobiliario y rendimientos de capital inmobiliario. Entre otros, declaración correspondiente al tercer trimestre/período septiembre del ejercicio 2026, para los modelos 111, 115, 123 y 216.
  • IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO y OPERACIONES INTRACOMUNITARIAS (modelos 303, 369 y 349), declaraciones correspondientes al tercer trimestre/período septiembre del ejercicio 2026, según corresponda.
  • IMPUESTO SOBRE LA RENTA (modelos 130 y 131), tercer pago fraccionado del ejercicio 2026.
  • IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES, pago fraccionado correspondiente al 2º pago a cuenta del ejercicio 2026.
  • IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES (entre otros, el modelo 592), correspondiente al tercer trimestre de 2026.

Los plazos de presentación serán distintos, dependiendo del modelo de que se trate, tal y como se muestran a continuación:

  • Hasta el día 20 de octubre, los modelos de retenciones e ingresos a cuenta, los modelos del IVA (*) y operaciones intracomunitarias, pagos fraccionados del IRPF y del IS e impuestos medioambientales, correspondientes al tercer trimestre de 2026 o período septiembre.
  • (*) Hasta el día 30 de octubre, para los modelos de IVA de aquellos contribuyentes que presentan con periodicidad mensual.
  • Hasta el día 31 de octubre, para el modelo de IVA de ventanilla única correspondiente a septiembre o al tercer trimestre, según corresponda.

A continuación, te indicamos la página de la Agencia Tributaria en la que poder revisar también estos plazos de presentación:

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/calendario-contribuyente/calendario-contribuyente-2026/calendario-anual/octubre.html

Recuerda que el plazo de presentación de autoliquidaciones con domiciliación bancaria va a depender del fin del plazo de presentación de cada modelo.

Así, si el vencimiento del plazo de presentación coincide con un día inhábil, el plazo finaliza el primer día hábil siguiente y el plazo de domiciliación bancaria se ampliará con carácter general el mismo número de días que resulte ampliado el plazo de presentación de dicha declaración.

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