El Rea Decreto-ley 17/2020, por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, ha sido publicado hoy en el BOE.
Entre las medidas que contiene, destaca especialmente el establecimiento de un sistema de ayudas extraordinarias al sector cultural en general, para paliar los daños sufridos como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID-19. Estas ayudas, que tendrán carácter excepcional y se concederán por una sola vez, en el caso de las artes escénicas y de la música se otorgan a través de dos líneas, encaminadas al sostenimiento de las estructuras culturales de toda índole y a las actividades escénicas y musicales y proyectos culturales.
El sistema será implementado por el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM), basándose en los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, y se regirán por lo dispuesto en este Real Decreto-ley y en la resolución de convocatoria, en este momento pendiente de publicación.
Se introduce un mecanismo para permitir que los profesionales del sector puedan percibir anticipos e indemnizaciones, en caso de aplazamiento o cancelación de las actuaciones ya contratadas con el Sector Público, cuyo importe no exceda de 50.000 euros.
Se acuerdan una serie de modificaciones normativas, que tienen por objeto facilitar la participación de la financiación privada en las actividades culturales. Así, la disposición final primera modifica el artículo 36 de la Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades, incrementando los incentivos fiscales relacionados con la producción cinematográfica, Igualmente, se modifica la Ley 49/2002, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, para elevar en 5 puntos porcentuales los porcentajes de deducción previstos para las donaciones efectuadas por contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; elevación que resulta igualmente aplicable a los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes que operen en territorio español sin establecimiento permanente.
Las Disposiciones finales tercera a quinta amplían el plazo de otros programas considerados como acontecimientos de excepcional interés público.
En el siguiente enlace se puede consultar el texto íntegro del RDL, publicado hoy en el BOE.
Real Decreto-ley 17/2020 medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario