Este Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento de empresas y autónomos, así como proceder a una segunda convocatoria de las mismas, en aplicación de lo previsto en el Título I del Real Decreto-ley 5/2021 de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.
Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de diez días hábiles, a contar desde la entrada en vigor del Decreto.
La presentación de la solicitud se realizará exclusivamente por medios electrónicos.
El procedimiento de presentación no admite la presentación por parte de Persona Autorizada ya que la solicitud debe estar firmada electrónicamente por los interesados (con certificado electrónico de persona física) o sus representantes legales (certificado electrónico de representante de persona jurídica ante las Administraciones Públicas ). En este último caso se deberá aportar también documentación válida en derecho que acredite de manera fidedigna la representación legal, frente a terceros.