Dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, INVEST in Spain va a gestionar INNOVA Invest, un programa para fomentar la realización de actividades de I+D en España por parte de empresas con, al menos, un 50% de capital extranjero, de forma que se integren en el tejido productivo e investigador nacional.
Esta primera convocatoria está dotada con 5 millones de euros para 2022.
Se trata de una línea de ayudas en forma de subvención, de hasta 800.000 euros por beneficiario, para proyectos que se ejecuten durante 2022 y el primer semestre de 2023 en cualquier parte de España.
La ayuda se otorgará a los gastos de proyectos de investigación industrial o de desarrollo experimental que se engloben dentro de los siguientes conceptos de gastos subvencionables:
a) los costes de personal: investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto. Los beneficiarios deberán confeccionar partes horarios firmados por los empleados.
b) los costes del instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto; en caso de que el instrumental y el material no se utilicen en toda su vida útil para el proyecto, únicamente se considerarán subvencionables los
costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto, calculados de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados;
c) los costes de edificios y terrenos, en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto; en lo que respecta a los edificios, únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto, calculados de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados; en el caso de los terrenos, serán subvencionables los costes de traspaso comercial o los costes de capital en que efectivamente se haya incurrido;
d) los costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva
al proyecto;
e) los gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, incluidos los costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto. Estos gastos de carácter general no podrán exceder del 15 % de los gastos de la partida de costes de personal subvencionables.
El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO del jueves 25 de noviembre de 2021 y se cerrará como máximo a los dos meses (a las 23:59:59 hora peninsular en España) a contar también desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el mencionado boletín.