La Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio del Gobierno de Cantabria ha publicado la Orden IND/43/2026, por la que se convocan subvenciones dirigidas a fomentar la implantación y mejora del comercio electrónico en pequeñas empresas y autónomos del sector comercial minorista de Cantabria.
¿Cuál es el objetivo?
Apoyar la transformación digital de los comercios mediante la implantación de canales de venta online y estrategias omnicanal que permitan integrar la actividad presencial con la comercialización por internet. Es una oportunidad para que los pequeños comercios y autónomos refuercen su presencia digital, mejoren sus canales de venta online y aumenten su competitividad en un entorno cada vez más orientado al comercio electrónico.
¿Quién puede beneficiarse?
Podrán acceder a estas subvenciones los autónomos y pequeñas empresas del comercio minorista y determinados servicios complementarios al comercio que desarrollen su actividad en Cantabria, dispongan de establecimiento físico abierto al público y cumplan los requisitos de pyme establecidos en la convocatoria.
También podrán solicitar la ayuda determinadas actividades como peluquerías, lavanderías, agencias de viajes, servicios fotográficos, reparación de bienes de consumo y venta ambulante, siempre que se encuentren dentro de los epígrafes del IAE incluidos en la convocatoria.
Actuaciones subvencionables
La convocatoria financia proyectos relacionados con la puesta en marcha o mejora de canales de venta digital, entre los que destacan:
- Diseño, desarrollo o renovación de tiendas online.
- Implantación de plataformas de comercio electrónico.
- Integración con sistemas ERP y CRM.
- Desarrollo de aplicaciones móviles de venta.
- Posicionamiento web y marketing digital vinculado al comercio electrónico.
- Integración con marketplaces.
- Adquisición de licencias de software específicas para e-commerce.
- Contratación de dominios, alojamiento web y certificados SSL.
- Implantación de soluciones de ciberseguridad.
Cuantía de las ayudas
La inversión mínima subvencionable se establece en 1.500 euros (sin IVA). Las ayudas podrán alcanzar con carácter general hasta el 50 % de la inversión subvencionable, con un límite máximo de 5.000 euros por beneficiario.
Este porcentaje podrá incrementarse hasta el 60 % para aquellas empresas adheridas al Sistema Arbitral de Consumo de Cantabria y que pertenezcan a una asociación de comerciantes inscrita en el registro correspondiente.
¿Cuál es el plazo para solicitudes?
Hasta el 24 de septiembre de 2026.
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