La Dirección General de Trabajo por considerar que se trata de un asunto de interés común para todas las Autoridades laborales, traslada el siguiente criterio sobre expedientes suspensivos y de reducción de jornada por el COVID-19

En este enlace podrán ver el Oficio de la Subdirección General de Ordenación Normativa, de la Secretaria de Estado de Empleo y Economía social, del Ministerio de Trabajo y Economía Social.

OFICIO CRITERIO DGT SOBRE EXPEDIENTES TEMPORALES