Se publican en Boletín Oficial extraordinario de Cantabria:

Decreto 8/2021, del presidente de la Comunidad Autónoma, por el que se adoptan medidas de limitación de la libertad de circulación de personas en horario nocturno y limitación de entrada y salida de personas del territorio de Cantabria, al amparo de lo establecido en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.

El Decreto producirá efectos desde las 0:00 horas del día 17 de marzo, por un periodo de 30 días naturales, hasta las 0:00 horas del día 16 de abril de 2021, pudiendo prorrogarse, modificarse o dejarse sin efecto en atención a la evolución epidemiológica

Resolución por la que se adopta la medida de limitación horaria de determinados establecimientos abiertos al público.

La Resolución surtirá efectos desde las 00:00 horas del día 17 de marzo de 2021.