Desde la Presidencia de la Comunidad de Madrid, se ha publicado el Decreto 42/2020, por el que se establecen medidas de limitación para la celebración de las fiestas navideñas en la Comunidad de Madrid, adoptadas para hacer frente a la COVID-19, en aplicación del Real Decreto 926/2020, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.

Limitación de la entrada y salida en la Comunidad de Madrid

Se limita la entrada y salida de personas del territorio de la Comunidad de Madrid, desde las 00:00 horas del 23 de diciembre de 2020, hasta las 00:00 horas del 7 de enero de 2021, salvo para desplazamientos a territorios que sean lugar de residencia habitual de familiares o personas allegadas de quienes se desplacen, cumpliéndose en todo momento los límites a la permanencia de grupos de personas que sean aplicables, o para aquellos desplazamientos adecuadamente justificados.

Limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno

En las noches del 24 al 25 de diciembre de 2020 y del 31 de diciembre al 1 de enero de 2021, la hora de comienzo de esta limitación queda fijada a la 1:30 horas, únicamente para permitir el regreso al domicilio.

En ningún caso se utilizará esta ampliación horaria para desplazarse a diferentes encuentros sociales.

Decreto 42/2020 Medidas de limitación para la celebración de Navidad en la  Comunidad de Madrid