En fecha hoy, 31 de agosto de 2022, se ha publicado en el BOE el Decreto 712/2022, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero, que entrará en vigor el 1 de septiembre de 2022.

Como quizá sabrá, la Ley 14/2022, de 8 de julio, de modificación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, con el fin de regular las estadísticas de las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) en la contratación pública (Ley 14/2022),  que se publicó en el BOE de 9 de julio de 2022, introdujo a partir del 1 de septiembre de 2022, una reforma en el Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero (IGFEI).

Esta reforma, introducida en el IGFEI por la Ley 14/2022, no suponía cambios ni en el ámbito objetivo ni en el tipo impositivo del impuesto, pero sí introducía mayor sencillez en su funcionamiento. Como consecuencia de ello, el hecho imponible del IGFEI deja de configurarse como la venta o entrega de los gases al consumidor final, pasando a gravar directamente la fabricación, importación, adquisición intracomunitaria o la tenencia irregular de los gases fluorados que forman parte del ámbito objetivo del impuesto y se entenderá realizado tanto si dichos gases se presentan contenidos en envases o como incorporados en productos, equipos o aparatos.

La AEAT tiene publicado en su página web un apartado resolviendo numerosas preguntas frecuentes al respecto, cuyo link les facilitamos por si lo consideraran de utilidad:

NUEVO IMPUESTO GASES FLOURADOS DE EFECTO INVERNADERO

No obstante, este cambio lleva aparejadas modificaciones en la determinación de los contribuyentes y del devengo del impuesto. La aplicación de las modificaciones introducidas en este impuesto exige determinadas precisiones reglamentarias, las cuales se llevado a cabo a través del Decreto 712/2022, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero, publicado en el BOE de 30 de agosto y en vigor el 1 de septiembre de 2022.

Asimismo, en el mismo BOE y con la misma entrada en vigor, se ha publicado la Orden HFP/826/2022, de 30 de agosto, por la que se aprueba el modelo 587 «Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero. Autoliquidación» y el modelo A23 «Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero. Solicitud de devolución», se determinan la forma y procedimiento para la presentación de los mismos, y se regulan la inscripción en el Registro territorial y la llevanza de la contabilidad de existencias.

El equipo de profesionales de nuestro departamento Glezco Tax & Legal están a su disposición para ayudarles en cualquier cuestión adicional que puedan necesitar.