El pasado 1 de febrero de 2024 entró en vigor la obligación de las empresas de construcción de realizar un plan de pensiones para su plantilla. Efectivamente, el día 6 de septiembre de 2023 se publicó en el B.O.E. la resolución de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VII Convenio Colectivo general del sector de la construcción que incluye el Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del Sector de la Construcción que obliga a que las empresas de construcción a nivel estatal a que formalicen un Plan de pensiones. Y por ello, salvo que las empresas formalicen su propio Plan de Pensiones de empleo, no podrán tener condiciones inferiores al presente plan de pensiones.

Las empresas tendrán que comenzar a realizar las contribuciones mensuales a partir del  1 de febrero de 2024. Cada empresa de la construcción estará obligada a darse de alta como entidades aportadoras en el plan de pensiones de empleo, efectuar el desembolso de las contribuciones debidas. En 2024 pasará de un 1% del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2021 del convenio colectivo que resulte de aplicación, más un 0,25 % del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2023.

En este proceso, nos complace informarles que en Glezco Asesores y Consultores estamos dispuestos a brindar el apoyo integral para la implementación de estos planes de pensiones. Contamos con un equipo de profesionales especializados que pueden asesorarles para cumplir con esta novedosa normativa de disponer de un plan de pensiones adaptado a las necesidades específicas de su empresa y sus empleados.

Desde GLEZCO, ponemos a su disposición nuestros recursos y experiencia para facilitar la puesta en marcha de estos planes, asegurándonos de que cumplan con los estándares legales. Estamos comprometidos en colaborar con ustedes para garantizar el bienestar y la seguridad de nuestras empresas.

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