El Boletín Oficial de Cantabria publica hoy la Orden HAC por la que se adoptan medidas temporales y excepcionales relativas a la presentación de declaraciones y autoliquidaciones de los tributos propios de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que dispone:

  • La ampliación de los plazos por período de 1 mes respecto al que legal y/o  reglamentariamente corresponda a cada tributo.
  • Las medidas se entienden sin perjuicio de la posibilidad que tienen los contribuyentes de efectuar la presentación y el pago de dichos tributos por medios telemáticos.
  • Habilitar al director de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria para que, mediante Resolución, adopte las medidas oportunas, priorizando la atención telefónica o a través de los correos electrónicos habilitados.
  • Habilitar a la presidenta de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria para que, mediante Resolución, prorrogue la ampliación de los plazos para la presentación de las declaraciones o autoliquidaciones de los tributos propios, si así lo requiere la persistencia de la situación de emergencia.

Estas medidas temporales y excepcionales serán aplicables a las liquidaciones o autoliquidaciones de los Tributos, cuyo plazo legal de presentación no hubiera ya finalizado en la fecha de declaración del estado de alarma, el 14 de marzo de 2020.

En el siguiente enlace encontrarán integro el texto de la Orden publicada hoy.

PLAZOS AGENCIA CÁNTABRA TRIBUTARIA