La Vicepresidencia Primera y el Ministerio de Hacienda del Gobierno de España han publicado el documento sometido a consulta previa sobre la modificación de la disposición final cuarta del Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación, así como de los artículos 4 y 6 de dicho reglamento.

DOCUMENTO GOBIERNO

En este sentido, la propuesta plantea retrasar la aplicación de la norma hasta 2026, diferenciando la implementación para personas físicas y jurídicas, y excluye a ciertos contribuyentes acogidos al SII de adaptarse al nuevo reglamento. No se consideran alternativas viables fuera de esta modificación normativa.

Dicho retraso debe ser el mínimo imprescindible para solventar los problemas mencionados, considerándose razonable que la entrada en aplicación de la norma se posponga hasta el 1 de enero de 2026 para los obligados tributarios a que se refiere el artículo 3.1.a) del Reglamento (sujetos pasivos contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades), y al 1 de julio de 2026 para el resto.

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