Comunicación sobre la aprobación del REAL DECRETO LEY 26 2021 por el que se adapta el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, a la reciente jurisprudencia del Tribunal Constitucional respecto del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (conocido popularmente como “plusvalía municipal”)

Estimado cliente,

En nuestro continuo interés por mantenerle al tanto de las novedades fiscales y legislativas que pudieran afectarle, le informamos que se ha aprobado el Real Decreto-ley 26/2021, de 8 de noviembre, que entrará en vigor el próximo 10 de noviembre.

Con el objetivo de dar cumplimiento al mandato del Tribunal Constitucional en sus sentencias de 2019 y 2021 (comentadas en circulares previas), se han incorporado las siguientes novedades:

  • Se introduce un nuevo supuesto de no sujeción, en la que no se ha producido un incremento de valor. En este caso, el interesado deberá declarar la transmisión y aportar la documentación relativa a la adquisición y transmisión.
  • Se habilitan dos sistemas de determinación de la base imponible de la plusvalía:
  1. La base imponible será el resultado de multiplicar el valor catastral del suelo en el momento del devengo por los coeficientes que aprueben los Ayuntamientos (en función del número de años desde la adquisición) sin que puedan exceder de unos coeficientes máximos determinados en la norma.
  2. El contribuyente podrá optar por tributar por la plusvalía real obtenida en el momento de la transmisión siempre que acredite ser inferior.
  • Serán objeto de gravamen las plusvalías generadas en menos de un año.

Desde el departamento de Tax & Legal de Glezco estamos a vuestra disposición para ayudarle en el estudio y potencial recuperación del Impuesto sobre el Incremento de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Si usted ha pagado plusvalía municipal en los últimos cuatro años envíenos un email a juridico@glezco.com para valorar su caso concreto.