Se ha publicado la Orden IND/19/2021, de 27 de abril, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones al sector de la distribución comercial minorista para el año 2021.

Serán beneficiarias de las subvenciones las pequeñas empresas comerciales o de prestación de servicios complementarios al comercio cuyo establecimiento, objeto de la inversión, se encuentre radicado en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria y que su actividad principal se encuentre incluida en alguno de los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas:

Agrupación 64: todos los epígrafes (Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes).

Agrupación 65: todos los epígrafes (Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes).

Grupo 661: epígrafe 661.3 (Comercio en almacenes populares).

Grupo 662: todos los epígrafes (Comercio mixto o integrado al por menor).

Grupo 663: todos los epígrafes (Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente).

Grupo 691: epígrafes 691.1 (Reparación de artículos eléctricos para el hogar) y 691.9 (Reparación de otros bienes de consumo).

Grupo 856: todos los epígrafes (Alquiler de bienes de consumo).

Grupo 971: todos los epígrafes (Lavanderías, tintorerías y servicios similares).

Grupo 972: todos los epígrafes. (Salones de peluquería e institutos de belleza).

Grupo 973: epígrafes 973.1 (Servicios fotográficos) y 973.3 (Servicios de copias de documentos con máquinas fotocopiadoras).

Grupo 975: todos los epígrafes (Servicios de enmarcación).

Grupo 755: Epígrafe 755.2 (Servicios prestados al público por las agencias de viajes).

El plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación correspondiente terminará el 11 de junio de 2021.

EXTRACTO SUBVENCION COMERCIO MINORISTA CANTABRIA