Con fecha 13 de noviembre se ha publicado en boletín extraordinario del BOC, el Decreto 8/2020 por el que se decreta un toque de queda entre las 22 horas y las 6:00 horas en la Comunidad Autónoma de Cantabria. Durante este horario las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público para la realización de las actividades previstas en el artículo 5.1 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre.

Esta medida surtirá efectos desde las 00.00 horas del día 14 de noviembre de 2020 durante un plazo de 14 días naturales, pudiendo prorrogarse, modificarse o dejarse sin efecto en atención a la evolución epidemiológica

Además en dicho boletín extraordinario se ha publicado la Resolución por la que se aprueba la décima modificación de la Resolución de 18 de junio de 2020 por la que se establecen las medidas sanitarias aplicables en la Comunidad Autónoma de Cantabria durante el período de nueva normalidad. 

Las medidas recogidas en esta resolución surtirán efectos a las 00.00 horas del día 14 de noviembre de 2020.

En los siguientes enlaces puede acceder al texto integro de ambas publicaciones:

DECRETO 8/2020 LIMITACIÓN LIBERTAD DE CIRCULACIÓN DE PERSONAS EN HORARIO NOCTURNO EN CANTABRIA

RESOLUCIÓN DÉCIMA MODIFICACIÓN MEDIDAS SANITARIAS APLICABLES EN CANTABRIA