La Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad del Gobierno de Cantabria aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro en materia de servicios sociales en el año 2025.
¿Cuál es el objetivo de las ayudas de servicios sociales?
Financiar gastos de mantenimiento y proyectos en materia de servicios sociales que se lleven a cabo por entidades privadas sin ánimo de lucro durante los años 2025-2026. Los gastos subvencionables están definidos en la Orden EPS/18/2021, tanto para mantenimiento como para programas concretos.
¿Quién puede beneficiarse?
Entidades privadas sin ánimo de lucro de la Comunidad Autónoma de Cantabria que:
- Estén inscritas en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales (Decreto 40/2008).
- Realicen o vayan a realizar el proyecto de forma real y efectiva en Cantabria.
- No tengan subvención nominativa ni directa del Gobierno de Cantabria para el mismo objeto.
- Las fundaciones deben haber presentado las cuentas en su registro correspondiente.
- No estén incursas en causas de exclusión según el artículo 12 de la Ley 10/2006 de Subvenciones de Cantabria.
¿Cuál es el plazo para solicitudes?
Hasta el 10 de junio de 2025. Las solicitudes deben presentarse exclusivamente a través del Registro Electrónico Común de Cantabria, usando el certificado electrónico del representante legal de la entidad solicitante.
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