,El Gobierno de la Diputación Foral de Navarra, a través del Instituto Navarro para la Igualdad, ha aprobado la convocatoria de subvenciones, a conceder en el año 2023, destinadas a empresas y entidades sin ánimo de lucro, con actividad en la Comunidad Foral de Navarra, para la implantación de sus Planes de Igualdad entre mujeres y hombres.
Aquí puedes consultar la resolución completa.
¿Cuál es el objetivo y la finalidad?
Fomentar y promover la igualdad entre mujeres y hombres en empresas y entidades sin ánimo de lucro a través de la elaboración de sus primeros Planes de Igualdad entre mujeres y hombres conforme a la normativa, en particular los RD 901/2020 y RD 902/2020.
¿Quién puede beneficiarse?
Empresas y entidades sin ánimo de lucro que tengan actividad en la Comunidad Foral de Navarra y cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases reguladoras.
¿Cuál es la cuantía de las ayudas?
La cuantía máxima a conceder dependerá del número de personas en plantilla en el centro de trabajo de la Comunidad Foral de Navarra, de acuerdo con la siguiente distribución:
- Entre 10 y 30 personas en plantilla: máximo de 3.000 euros.
- Entre 31 y 49 personas: máximo de 4.000 euros.
En aplicación de los criterios fijados en el «Anexo 2. Criterios de Valoración» se subvencionarán los siguientes porcentajes y siempre con el límite máximo señalado en el apartado anterior:
- 80% del presupuesto de gastos aceptado del proyecto, para los proyectos que obtengan una puntuación entre 91 y 100 puntos.
- 70% del presupuesto de gastos aceptado del proyecto, para los proyectos que obtengan una puntuación entre 81 y 90 puntos.
- 60% del presupuesto de gastos aceptado del proyecto, para los proyectos que obtengan una puntuación entre 71 y 80 puntos.
- 50% del presupuesto de gastos aceptado del proyecto, para los proyectos que obtengan una puntuación entre 60 y 70 puntos.
Los proyectos que no alcancen un mínimo de 60 puntos no serán subvencionados.
Las subvenciones se concederán hasta agotar la consignación presupuestaria habilitada. A estos efectos, para la concesión del porcentaje de subvención que corresponda a cada beneficiaria se atenderá a la puntuación obtenida según los criterios de valoración que figuran en el «Anexo 2. Criterios de Valoración».
En caso de que la partida presupuestaria se agote en dos o más solicitudes con la misma puntuación, el desempate se resolverá teniendo en consideración la puntuación obtenida en la valoración del apartado b) según «Anexo 2. Criterios de Valoración» y si persiste el empate se ordenará atendiendo al coste por persona, de menor coste a mayor, resultante de la división del presupuesto por el número de personas en la organización.
La consignación presupuestaria total se repartirá de la siguiente manera:
- 34.000 euros de la partida para proyectos encaminados a la implantación de planes en empresas.
- 6.000 euros de la partida para proyectos encaminados a la implantación de planes en entidades sin ánimo de lucro.
En caso de no agotarse el crédito reservado a cada tipo de beneficiaria, la cuantía restante incrementará el importe dedicado al otro tipo.
¿Cuál es el plazo para presentar solicitudes?
Las solicitudes se presentarán en el plazo de 1 mes a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.
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