,El Gobierno de la Diputación Foral de Navarra, a través del Instituto Navarro para la Igualdad, ha aprobado la convocatoria de subvenciones, a conceder en el año 2023, destinadas a empresas y entidades sin ánimo de lucro, con actividad en la Comunidad Foral de Navarra, para la implantación de sus Planes de Igualdad entre mujeres y hombres.

Aquí puedes consultar la resolución completa.

¿Cuál es el objetivo y la finalidad?

Fomentar y promover la igualdad entre mujeres y hombres en empresas y entidades sin ánimo de lucro a través de la elaboración de sus primeros Planes de Igualdad entre mujeres y hombres conforme a la normativa, en particular los RD 901/2020 y RD 902/2020.

¿Quién puede beneficiarse?

Empresas y entidades sin ánimo de lucro que tengan actividad en la Comunidad Foral de Navarra y cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases reguladoras.

¿Cuál es la cuantía de las ayudas?

La cuantía máxima a conceder dependerá del número de personas en plantilla en el centro de trabajo de la Comunidad Foral de Navarra, de acuerdo con la siguiente distribución:

  • Entre 10 y 30 personas en plantilla: máximo de 3.000 euros.
  • Entre 31 y 49 personas: máximo de 4.000 euros.

En aplicación de los criterios fijados en el «Anexo 2. Criterios de Valoración» se subvencionarán los siguientes porcentajes y siempre con el límite máximo señalado en el apartado anterior:

  • 80% del presupuesto de gastos aceptado del proyecto, para los proyectos que obtengan una puntuación entre 91 y 100 puntos.
  • 70% del presupuesto de gastos aceptado del proyecto, para los proyectos que obtengan una puntuación entre 81 y 90 puntos.
  • 60% del presupuesto de gastos aceptado del proyecto, para los proyectos que obtengan una puntuación entre 71 y 80 puntos.
  • 50% del presupuesto de gastos aceptado del proyecto, para los proyectos que obtengan una puntuación entre 60 y 70 puntos.

Los proyectos que no alcancen un mínimo de 60 puntos no serán subvencionados.

Las subvenciones se concederán hasta agotar la consignación presupuestaria habilitada. A estos efectos, para la concesión del porcentaje de subvención que corresponda a cada beneficiaria se atenderá a la puntuación obtenida según los criterios de valoración que figuran en el «Anexo 2. Criterios de Valoración».

En caso de que la partida presupuestaria se agote en dos o más solicitudes con la misma puntuación, el desempate se resolverá teniendo en consideración la puntuación obtenida en la valoración del apartado b) según «Anexo 2. Criterios de Valoración» y si persiste el empate se ordenará atendiendo al coste por persona, de menor coste a mayor, resultante de la división del presupuesto por el número de personas en la organización.

La consignación presupuestaria total se repartirá de la siguiente manera:

  • 34.000 euros de la partida para proyectos encaminados a la implantación de planes en empresas.
  • 6.000 euros de la partida para proyectos encaminados a la implantación de planes en entidades sin ánimo de lucro.

En caso de no agotarse el crédito reservado a cada tipo de beneficiaria, la cuantía restante incrementará el importe dedicado al otro tipo.

¿Cuál es el plazo para presentar solicitudes?

Las solicitudes se presentarán en el plazo de 1 mes a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

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