Se ha publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado la Ley 1/2020, por la que se deroga el despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo. 

La presente Ley procede del Real Decreto-ley 4/2020, de 18 de febrero, por el que se deroga el despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo, establecido en el artículo 52.d) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre; y sobre el que ya dimos completa información en nuestro boletín de novedades de marzo.

Ley 1/2020 derogación despido objetivo por falta de asistencia al trabajo