El Real Decreto-ley  21/2020, publicado hoy recoge, entre otras, el mantenimiento de determinadas medidas de prevención e higiene como son el uso obligatorio de mascarillas en la vía públicaen espacios al aire libre y en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, así como en los transportes.

El documento contempla la adopción de determinadas medidas de prevención en el entorno de trabajo, tales como la ordenación de los puestos de trabajo o la organización de los turnos para evitar aglomeraciones, así como el mantenimiento de medidas de prevención e higiene básicas en los establecimientos comerciales, en los centros residenciales de carácter social, en los hoteles y alojamientos turísticos o en las actividades de hostelería y restauración, entre otras. 

En materia de transporte, los operadores de transporte con número de asiento preasignado deberán conservar, a disposición de las autoridades de salud pública, la información de contacto de los pasajeros durante un mínimo de cuatro semanas, con la finalidad de realizar la trazabilidad de los contactos.

A continuación pueden consultar el texto íntegro del Real Decreto-ley publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado:

REAL DECRETO-LEY 21/2020