La Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio del Gobierno de Cantabria publica la Orden IND/42/2023, de 15 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a empresas turísticas para inversiones en alojamientos turísticos, restaurantes, cafeterías y bares, campamentos de turismo, agencias de viaje, centrales de reserva, organizadores profesionales de congresos y empresas de turismo activo de Cantabria, financiadas con recursos del Programa Operativo FEDER 2014-2020 de Cantabria (REACT-UE).
Aquí puedes consultar el extracto de la misma.
¿Quién puede beneficiarse?
Titulares de PYMES turísticas que lleven a cabo alguna de las actuaciones consideradas subvencionables a que se refiere el apartado sexto de esta orden y que a la finalización del plazo de presentación de solicitudes cumplan los siguientes requisitos:
- Estar definitivamente inscritos en el Registro General de Empresas Turísticas de Cantabria, toda vez se hayan realizado las tareas de inspección y control de la correspondiente declaración responsable y/o autorización, en su caso.
- El establecimiento objeto de la actuación para el que se solicita la subvención debe estar radicado en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Excepcionalmente, en el caso de agencias de viaje, organizadores profesionales de congresos, centrales de reserva y empresas de turismo activo que soliciten subvención para inversiones en acciones que no conlleven obra civil y/o instalación alguna en establecimiento físico, quedarán eximidas de este requisito.
- Estar dado de alta en el régimen de la Seguridad Social y en el Impuesto de Actividades Económicas correspondiente.
- En caso de comunidades de bienes, sociedades civiles y personas jurídicas que no estén obligados a figurar de alta como empleador en la Seguridad Social o en el correspondiente régimen tributario, la obligación de encontrarse dado de alta se exige respecto de los miembros y/o socios, de conformidad con la normativa sectorial aplicable.
- Cumplir sus obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, medioambiental, de igualdad de oportunidades y no discriminación y cualesquiera otras que le resulten de aplicación.
¿Cuál es la cuantía económica?
La dotación económica de la convocatoria de subvenciones será de 1.250.000 €.
¿Cuál es el plazo para solicitudes?
Hasta el día 31 de julio de 2023 inclusive.
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