SODERCAN ha convocado en el día de hoy una línea de ayudas de concesión directa destinadas a paliar el impacto económico producido por la guerra de Ucrania en los sectores industriales manufactureros, en el sector del transporte y en ámbito de la exportación.

BENEFICIARIOS

Empresas y autónomos, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerzan una actividad económica en Cantabria, que se hayan visto afectadas por la crisis económica derivada del conflicto entre Rusia y Ucrania, tengan su domicilio social o establecimiento permanente en España y al menos un centro de trabajo en Cantabria.

Deberán cumplir demás requisitos previstos en el artículo 1 de la disposición.

CUANTÍA

El importe de la subvención consistirá en la cuantía fija que se determina a continuación, la cual dependerá de la actividad que se desarrolle.

  1. Sector de la industria manufacturera

El importe de las ayudas para cada beneficiario consistirá en la cantidad de doscientos cincuenta euros (250 euros) multiplicada por su número de empleados según la Relación Nominal de Trabajadores (RNT) de diciembre 2021, con una cuantía máxima de treinta y cinco mil euros (35.000 euros), sin contar el incremento en caso de acreditar actividad exportadora detallado en el punto III del boletín. Se tendrán en consideración, a efectos del cómputo de empleados, los autónomos individuales o los socios trabajadores cuando el solicitante sea una sociedad.

  1. Sector del transporte

El importe individual de la ayuda se determinará atendiendo al número y tipo de vehículo explotado por cada centro de trabajo en Cantabria.
 La cuantía total de la ayuda para cada entidad beneficiaria de este sector se obtendrá a partir de la suma de las ayudas por cada tipo de vehículo según la tabla anterior, con un límite de treinta y cinco mil euros (35.000 euros).

  1. Empresas exportadoras

En el caso de empresas exportadoras la cuantía de la subvención a percibir por cada beneficiario será la siguiente:

Sólo será subvencionable una actividad por solicitante correspondiente a los apartados I y II de este artículo, siendo compatible la elegida, que deberá consignarse en la solicitud, con el apartado III referido a empresas exportadoras. En cualquier caso, el límite máximo de ayuda por beneficiario no podrá exceder de los limites indicados en el Marco Nacional Temporal de aplicación indicado en el artículo 3.2 y/o la normativa concordante que resulte de aplicación.

PLAZO

Las solicitudes podrán presentarse hasta las 23:59 horas del día 3 de octubre de 2022 en caso de presentación de forma telemática o hasta las 14:00 horas del día 3 de octubre de 2022 en caso de presentación de forma presencial.

MÁS INFORMACIÓN

Ayudas Sodercan impacto económico Ucrania

Decreto regulación ayudas

Guía línea de ayudas

Si desea que nuestro equipo del área TDIS le ayude en la tramitación de la solicitud, no dude en contactar a través del email info@glezco.com  o en el teléfono 942 22 68 68.