El Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare del Gobierno de la Comunidad Foral de Navarra saca adelante la convocatoria «Subvenciones para el fomento de la contratación de personas con dificultades de inserción laboral».
Aquí podéis consultar la información completa.
¿Quién puede beneficiarse?
Las empresas, trabajadores y trabajadoras autónomas además de entidades sin ánimo de lucro. Para ello, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener centro de trabajo radicado en Navarra.
- Estar legalmente constituidas conforme a su normativa reguladora y, por lo tanto, disponer de personalidad jurídica y plena capacidad de obrar y estar inscritas en el correspondiente registro público.
- No hallarse incursas en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
Las entidades beneficiarias deberán cumplir estos requisitos en la fecha presentación de la solicitud de la subvención y mantenerlos durante todo el periodo de vigencia del contrato subvencionado para optar a estas ayudas que favorecen la inserción laboral de las personas con dificultad para la misma.
Estarán excluidas de esta convocatoria las siguientes entidades:
- Administración General del Estado y los Organismos Públicos regulados por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Administraciones autonómicas, entidades locales y sus organismos públicos.
- Empresas públicas y fundaciones públicas.
¿Cuál es la cuantía económica?
Para contratos indefinidos o de transformación en indefinido:
- Por los contratos suscritos con personas mayores de 55 años o con jóvenes menores de 30 años inscritos en el Registro de garantía juvenil 5.000 euros. Si la persona además es mujer, 6.000 euros.
- Por los contratos suscritos con personas desempleadas de larga duración o con personas perceptoras de renta garantizada, 6.000 euros. Si la persona además es mujer, 7.000 euros.
- Por los contratos suscritos con mujeres en ocupaciones STEM, o con víctimas de violencia de género, 7.800 euros. Estas cuantías se refieren a contratos indefinidos a jornada completa. Si la jornada del contrato fuera menor, la cuantía será proporcional. En el caso de concurrir dos situaciones de las descritas, la persona solicitante deberá optar por la que considere más beneficiosa.
Para contratos de formación en alternancia a jornada completa, 4.000 euros. Estos contratos deberán fijar un tiempo de trabajo efectivo no inferior al 50% de la jornada máxima prevista en el convenio colectivo de aplicación en la empresa, o en su defecto, de la jornada máxima legal. No se subvencionarán los contratos de formación en alternancia en los que la suma del tiempo de formación y del tiempo de trabajo en efectivo no alcance el 100% de la jornada laboral completa.
En este caso la cuantía fijada corresponde a contratos de al menos 1 año de duración. Si el contrato fuera de duración menor, se concederá la cuantía proporcional por meses enteros, entendiendo por meses enteros, los meses completos de fecha a fecha, cualquiera que sea el número de días de los meses enteros correspondientes. Es decir, los días que exceden de los meses completos no se subvencionan.
¿Cuál es el plazo?
El plazo de presentación de la solicitud será de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de inicio de la relación contractual. Sólo se subvencionarán los contratos cuya fecha de inicio sea posterior a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra y hasta el 31 de octubre de 2023. Las solicitudes se presentarán exclusivamente a través del registro general electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
Glezco te ayuda en las subvenciones para fomentar la inserción laboral
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